La industria es la actividad de un país en la que depende en mayor medida su competitividad a largo plazo, en especial la producción de manufacturas, debido al efecto arrastre hacia el resto de sectores ( por cada euro producido por el sector industrial, éste realiza compras directas al conjunto del tejido productivo por valor de 77 céntimos) , el tipo de empleo que genera y su capacidad de innovar y de extender la tecnología que aplica a toda la sociedad.
La Unión Europea reconoce que las claves para la recuperación económica de Europa dependerá de la solidez de su base industrial y no tanto de los sectores bancarios y de servicios Resulta especialmente significativo el sector manufacturero debido a su efecto arrastre sobre otros sectores de la economía de forma que cuando se produce un incremento por valor de un euro en la demanda final del sector manufacturero, esto conlleva un incremento en el valor de la producción del conjunto de la economía por valor de 3,11 euros.
En nuestro país, el sector manufacturero tiene un peso del 14% del PIB, subiendo desde los 13,2% del PIB en media alcanzados en el periodo 2009-2012, pero muy lejos del del objetivo de la Comisión de alcanzar el 20% en el PIB en el 2020. Ello es debido a que el panorama industrial esta cambiando por fenómenos como la globalización de la economía mundial, los cambios tecnológicos y los nuevos competidores a escala mundial ganando más peso la fragmentación internacional de los procesos productivos.
Según el informe de la CEOE, “La industria, motor de crecimiento” el futuro del sector industrial pasa por Mejorar la eficacia y la eficiencia de la regulación en el ámbito industrial:
- Mediante un encuadre jurídico que proteja los principios de unidad de mercado y evite la inseguridad.
- Mejorar la eficacia y la eficiencia de las normas actuales y futuras limitando la sobrerregulación en el ámbito industrial,
- Lograr la coordinación entre el Estado y las Comunidades Autónomas en materia fiscal para evitar la disminución de competitividad en las empresas y la duplicidad en los impuestos.
- Que la normativa sobre medio ambiente no sitúe a la industria española en situación de desventaja competitiva y que se lleve a cabo una apuesta clara por la economía circular
La mayor parte de la regulación en el ámbito industrial emana de instituciones comunitarias si bien El TJUE se ha pronunciado en reiteradas ocasiones sobre la fuerza de cosa juzgada de las sentencias firmes dictadas por los órganos jurisdiccionales nacionales cuando no resultan conforme a con la interpretación que hace el TJUE ( -sentencias de 10 de julio de 2014, Impresa Pizzarotti, C‑213/13, y de 6 de octubre de 2015, Târşia, C‑69/14- ), recordando la importancia que tiene este principio tanto en el ordenamiento jurídico de la Unión como en los ordenamientos jurídicos nacionales.disponiendo que “… el Derecho de la Unión no exige que, para tener en cuenta la interpretación de un precepto aplicable de ese Derecho adoptada por el Tribunal de Justicia, un órgano jurisdiccional deba, por regla general, reconsiderar su resolución con fuerza de cosa juzgada”
Así las cosas, la única vía que tienen los afectados por estas sentencias firmes, que contradicen del Derecho de la Unión, es la de la responsabilidad patrimonial del Estado para exigir la reparación de los daños que se le hubiesen podido causar. Para ello deberán concurrir los tres requisitos exigidos por la jurisprudencia del Tribunal de justicia; a saber:
- que la norma del Derecho de la Unión violada tenga por objeto conferir derechos a los particulares;
- que la violación de dicha norma esté suficientemente caracterizada y
- que exista una relación de causalidad directa entre esta violación y el daño sufrido por estos particulares.
Este apartado se centra en diferentes aspectos de Derecho Industrial entendiendo este como el conjunto de normas jurídicas encaminadas a regular las relaciones pertenecientes a la producción industrial .
